El vacío jurídico
El derecho internacional ha ido reconociendo, generación tras generación, los derechos civiles, sociales, culturales y ambientales. Pero sigue sin dar el paso decisivo: reconocer expresamente a las generaciones futuras como titulares de derechos propios, con garantías concretas. Esa es la laguna jurídica que esta doctrina busca cerrar.
La propuesta
La propuesta es sencilla de formular, pero profunda en sus consecuencias éticas y legales:
Contexto internacional
Desde mediados del siglo pasado, decenas de convenios internacionales han mencionado la importancia de proteger a las generaciones futuras — casi siempre como declaración de intenciones en sus preámbulos, sin mecanismos concretos que la hicieran efectiva.
Esa inercia histórica está empezando a cambiar: la Ley de Desarrollo Sostenible de Malta de 2012, que creó la figura del Guardián de las Generaciones Futuras, y la Ley del Bienestar de las Generaciones Futuras de Gales de 2015, que creó el Comisario de las Generaciones Futuras, fueron pasos pioneros. Más recientemente, la Unión Europea ha creado, desde diciembre de 2024, un Comisario Europeo de Equidad Intergeneracional. A este incipiente impulso se suman la Declaración sobre las Generaciones Futuras adoptada por la ONU en la Cumbre del Futuro de septiembre de 2024, la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia de julio de 2025 —que reconoció obligaciones estatales de proteger tanto a las generaciones presentes como futuras frente al cambio climático—, o los Principios de Maastricht de 2023, en cuyo proceso de elaboración participé.
